Ante reiteradas denuncias públicas sobre municipios que incluyen tasas locales en la facturación de servicios esenciales tales como la luz y el gas, la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía de la Nación dispuso, a través de la Resolución 2024-267 que saldrá este jueves en el Boletín Oficial, que las facturas de servicios esenciales deben contener de forma única y exclusiva la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor, quedando prohibido incluir cargos ajenos a la naturaleza del servicio.
A modo de ejemplo, impuestos municipales en la boleta de luz, ya no podrá facturarse como parte del servicio.
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