Entre septiembre y octubre de este año, dos abogados entrerrianos volvieron a ser noticia por causas penales: Guillermo Smaldone, quien fue excluido de la matrícula tras ser condenado en la causa de las coimas, y Aixa Schnitman, detenida nuevamente en el marco de una investigación por narcomenudeo. Estos episodios se suman a una larga lista de profesionales del Derecho de Entre Ríos que enfrentaron procesos judiciales y sanciones disciplinarias por delitos que van desde la corrupción y la estafa hasta la violencia de género y la promoción de la prostitución.
A partir de estos casos recientes surgió una pregunta inevitable: ¿cómo actúa el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos (CAER) ante los comportamientos delictivos o antiéticos de sus matriculados?
Para conocer cómo funciona el régimen disciplinario y cuáles son los criterios que determinan la exclusión o suspensión de la matrícula, el presidente del Colegio de la Abogacía, Santiago Esquivel, explicó los mecanismos internos y los alcances de las sanciones previstas en la Ley 10.855 (Colegio de la Abogacía) que regula el ejercicio profesional en la provincia.
«Dentro de la Ley 10.855 tenemos aquellas exclusiones legales como en el caso de los condenados y después tenemos las exclusiones que derivan de sanciones disciplinarias por incumplimientos a las normas éticas. Son dos cosas distintas. La exclusión legal figura en el artículo 40 y tiene que ver con aquellos que son condenados judicialmente. Es una exclusión que deviene de la Ley», explicó.
Y agregó: «Las sanciones disciplinarias van por otro carril: hay primero una parte sumaria que las realiza las seccionales del CAER y eso luego se eleva al Consejo Directiva que luego decide si se eleva al Tribunal de Disciplina, un órgano horizontal sobre el cual el consejo no tienen incidencia, decide si hay algún incumplimiento. Las sanciones pueden ser el apercibimiento, multa, suspensión o exclusión».
Aixa Schnitman los motivos es su participación con un rol preponderante en la organización de la actividad delictiva, en el caso de Carlos Reggiardo, se le endilga que su conducta encuadra en el artículo 39 inciso E y C y el artículo 46, incisos a, b y c del Reglamento de Normas de Ética Profesional

Aixa Schnitman
La joven abogada, fue detenida en un megaoperativo que se realizó el sábado 15 de junio de 2024. Schnitman estuvo detenida hasta el 17 de julio de ese año en la Jefatura de Policía del Departamento La Paz junto con su madre, Lourdes Ramírez, conocida como «La Paraguaya”.
El fiscal Facundo Barbosa, en una audiencia realizada el año pasado, dijo: «Lo cierto es que los hallazgos en los domicilios de Aixa Maillén Schnitman y la señora Lourdes Ramírez, sumado al contenido de las intervenciones telefónicas, otorgan a ellas precisamente un rol preponderante en la organización de la actividad delictiva. Es decir, en ninguno de los otros domicilios se encontró más de un kilo de cocaína de alta pureza y 6.100.000 pesos; o en el caso de el domicilio de Ramírez, 280 gramos de cocaína, o 280.000 pesos”. El 20 de septiembre del año pasado, el juez Mauricio Mayer revocó el arresto domiciliario
El sábado 18 de octubre de este año, la letrada fue nuevamente detenida en un operativo por narcomenudeo. Pero en esta causa, según se pudo averiguar, no prosperará en su contra dado que no hay pruebas en su contra. Quienes sí están comprometidos son su madre y su hermano Sergio Nicolás.

Carlos Reggiardo
El abogado de la Municipalidad de Santa Elena, Guillermo Reggiardo, fue suspendido esta semana por el término de 60 días por el Tribunal de Ética del CAER por conflicto con jueces en Gualeguay. Además, en la faz penal, en septiembre se supo que la Unidad Fiscal de Gualeguay solicitó la elevación a juicio de dos causas acumuladas. Él dice que es víctima de una persecusión política-judicial. Las investigaciones penales preparatorias le imputan los delitos de desobediencia judicial en un caso, y coacciones agravadas contra una funcionaria pública, perturbación de audiencia y desobediencia judicial en el otro, ambos en un contexto de violencia de género.
A ese proceso, se le suma un proceso disciplinario ante el Tribunal de Ética del Colegio de la Abogacía. El proceso se inició por una denuncia formalizada el 7 de agosto de 2024 y la segunda en febrero de 2025 por parte de la abogada santaelenense Valeria Burckhard, quien afirmó que el letrado intervino en un proceso de familia y penal sin darle aviso y haber utilizado “supuestos dichos que la letrada denunciante habría tenido en el marco de confianza con su cliente, como audios”. El Caer de La Paz consideró que el letrado efectuó “una serie de maniobras que sin dudas causaron agravio a la colega denunciada siendo el problema ventilado en medios de comunicación, lo que sin dudas afectó la imagen pública de la letrada denunciada”. La seccional La Paz de Caer remitió el 30 de mayo el expediente al Tribunal de Ética provincial, que deberá resolver. Se le endilga que su conducta encuadra en el artículo 39 inciso E y C y el artículo 46, incisos a, b y c del Reglamento de Normas de Ética Profesional.
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